Etiqueta: Control de presencia

Importancia del control de horas en el trabajo

21 diciembre, 2017 0

  Importancia del control de horas en el trabajo ¿Es importante controlar las horas en las que se está trabajando? Sí, controlar el número de horas que trabaja cada empleado es un factor importante que repercute en el éxito de la empresa, ofreciendo a esta un mejor aprovechamiento de sus recursos y aumento considerable de producción, además, disminuye en gran medida el absentismo laboral (el cual aumentó un 15% el pasado año y produjo unas pérdidas a la Seguridad Social de más de 5 millones de euros) y la superación de los tiempos acordados para fumar o tomar un descanso, que con frecuencia superan los trabajadores y con los que se ahorran unos minutos al día. Para que este sistema pueda funcionar de la mejor forma posible algunas empresas ya cuentan con sistemas de detección de huellas e incluso de rostro entre otros, guardando así en un registro la hora exacta de llegada y salida exacta de nuestro trabajador a la empresa. Ventajas e Inconvenientes Cualquier control horario debe contar con un beneficio superior al esfuerzo realizado, por ello es importante que los trabajadores estén bien informados del procedimiento y la normativa que deben seguir: Ventajas: Mayor control sobre el absentismo laboral, reducción del coste de las operaciones, ahorro de horas en el momento de contabilizarlas, previene riesgos laborales, mejor optimización de los tiempos muertos, evita problemas entre trabajadores y facilita la detección de problemas causadas por un mal uso del control horario. Inconvenientes: El coste de la instalación y el tiempo que se dedica a la lectura de toda la información y elaboración de informes. Infracciones y Sanciones En una inspección en el centro de trabajo los inspectores pueden hablar con cada uno de los empleados y preguntarles por los controles establecidos en la empresa y si se cumplen con normalidad o pedirles cualquier tipo de documentación relacionada con la actividad empresarial. En el caso de que no se registren correctamente las jornadas de trabajo de cada empleado entrará en la Ley de Infracciones del Orden Social, pudiendo multar a la empresa dependiendo del tipo de agravio cometido: No disponer del registro diario de jornada laboral de cada empleado se considerará una infracción grave y obligará a la empresa a presentarlo lo antes posible. Si existen horas extras por encima de las 80 establecidas anualmente o estas no están reflejadas en la nómina la empresa deberá pagar una multa de entre 626 a 6.250 €. En caso de que las horas extras estén cuantificadas, pero no esté acreditada una compensación económica o en descansos se deberá abonar una multa de entre 626 a 6.250 €, pero, si la sanción es muy grave la multa puede oscilar entre 6.251 € a 187.515 €. Estas son, entre otras, algunas de las multas más graves que nos podemos encontrar si no cumplimos correctamente las leyes. Desde 2016 se exige en la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social un control diario en el que se muestren las horas de trabajo realizadas por todos sus empleados, esto será más útil a la hora de pagar nóminas, horas extras y nos permite establecer beneficios especiales dependiendo del puesto de trabajo que desarrollemos.

Por Alejandro Usero

Absentismo laboral, el tendón de Aquiles de las empresas

25 octubre, 2016 0

Absentismo laboral Toda ausencia de una persona de su puesto de trabajo, en horas que correspondan a un día laborable, la podemos definir como absentismo laboral. Clasificado en tres tipos: Absentismo previsible y justificado: es aquel que puede ser controlado porque la empresa está informada previamente de la ausencia (permisos legales retribuidos, enfermedades comunes con baja de incapacidad laboral transitoria, accidentes de trabajo con baja laboral, permisos no retribuidos para asuntos personales…). Absentismo no previsible y sin justificación: falta o abandono del puesto de trabajo sin autorización de la empresa. Absentismo presencial: el empleado acude a su trabajo, pero dedica una parte del tiempo a tareas que no son propias de la actividad laboral. El absentismo uno de las cuestiones que más preocupan a las empresas por los problemas organizativos que suscita y los costes que genera. Por ello existen herramientas que permiten controlar y además calcular de manera orientativa el coste real de las jornadas perdidas anualmente en las empresa. Empresas privadas y no privadas, en estos últimos años, están centrados en el control de los distintos tipos de absentismo con la idea  ” es necesario tener en cuenta el absentismo en nuestra empresa y actuar en consecuencia”. Comparten estrategias y actuaciones que contribuyan a reducir el impacto negativo del absentismo laboral en los niveles de eficiencia de las empresas y, por lo tanto, en su competitividad, resultando imprescindible y urgente. Diferentes sectores empresariales nacionales e internacionales, utilizan  aTurnos.com para comenzar sus estrategias de control del absentismo laboral y cálculo de las pérdidas semestrales o anuales de una determinada empresa. Gestión Absentismo Laboral aT @aTurnos / soporte@aturnos.com / Linkedin / facebook Prueba la demo , regístrate y úsala Gratis

Por Pepe Gil

El Hotel del Futuro Próximo

20 octubre, 2016 1

Todos hemos soñado alguna vez de como serán las cosas en el futuro, hoy me planteaba por motivos profesionales como podrían ser los hoteles del futuro. En principio la elección y reserva del hotel sería mucho más fácil y rápido, quien no se ha tirado en el sofá con el móvil o el portátil un buen rato investigando en buscadores de hoteles, y a pesar de los filtros de búsqueda no les ha sido fácil la elección. Y todo esto gracias a la tecnología, pero creo que en el futuro todo irá mas allá. Yo me veía desde mi sofá con gafas 3D dando un paseo por sus instalaciones, entrando a la habitación y recorriendo las calles cercanas al hotel, para investigar posibles destinos gastronómicos y turísticos. Probablemente la decisión de reserva sería más acertada para el cliente. Y una vez reservada la habitación podré configurar el color de las paredes, el tipo de cama, los gustos musicales, el olor del ambiente, los geles de baño, la orientación, la programación de tv… Otra de las cosas que me imagino del hotel del futuro es la llegada al hotel, seguramente el hotel sabrá nuestra hora exacta de entrada gracias tecnología de geolocalización. Probablemente entraría directamente a la habitación sin necesidad de pasar por recepción y gracias a mi smartphone o algún chip implantado en la muñeca, validaría mi entrada y abriría la habitación, sin esperas y sin pagar nada “in situ” ya que todos los gastos referentes al hotel pasarían directamente a mi cuenta. Incluso nos pasaría a nuestros dispositivos, los menús, las actividades realizadas en el Hotel, si nuestras habitaciones están hechas….e incluso podríamos elegir la hora de la comida y que queremos comer.. La verdad es que todo esto ya no está tan lejos, y la tecnología y la ciencia serán capaces de hacer todo esto una realidad, ya queda menos, solo falta que podamos pagarlo a un precio razonable…

Por Alejandro Usero

La intrahistoria de aTurnos

11 octubre, 2016 5

Como podéis imaginar el nombre de aTurnos no es casual, nacimos hace casi seis años como una herramienta que ayudaba (y sigue ayudando) a los Supervisores de Enfermería en la gestión de los cambios de turno. Bill Gates, Steve Jobs, y otro “grandes” de la tecnología empezaron en un Garaje, aTurnos nació en una Piscina, es lo que tiene el verano en Ciudad Real. Y desde esa piscina, a la buhardilla de Pablo y de ahí a nuestras oficinas…., y eran tres (Alberto García-Fogeda, Pepe Gil y Pablo García) y después me incorporé yo, y ahora somos 10 (Pedro, José Miguel, Paco, Raúl, Alejandro y Jaime) y creciendo… Y de tener como referencia al sector hospitalario a desarrollar un sistema de gestión de colas y tareas que está implantado en una gran cadena de Retail. ”No somos tontos”…y el sistema llamó la atención de Samsung, que se ha convertido en nuestro partner. Pensando a que sectores dirigir nuestro producto siempre nos salían cuatro: Sanidad, Hostelería, Call Center y Retail, y resulta que tenemos clientes como la mayor empresa funeraria de Cataluña (con una forma “peculiar” a la hora de planificar por razones obvias), Bomberos (Emergencia 1006 Ciudad Real), hasta algunos Hackers (de los buenos), también utilizan el sistema, Policías Locales, Gasolineras, Ayuda a domicilio, Fábricas, Centros de Diálisis, Farmacias, muchas Farmacias… Hacemos presentaciones a Pymes, muy Pymes con 5 y 6 trabajadores y a multinacionales españolas y extranjeras y estamos muy satisfechos con nuestro producto: a todo el mundo le gusta, y en eso estamos en seguir mejorando… Y estamos en la primera experiencia conocida de implantar Beacons en una cadena hotelera de referencia (150 hoteles en el mundo) con el objetivo, de además de cumplir con el registro diario de la jornada (que a todos os trae como locos),  de efectuar mapas de calor para poder planificar de forma más eficaz. Y hemos participado en charlas en el Google Campus, en la Fundación BBVA, nos han invitado al MIT, en San Francisco (EEUU) presentamos el Proyecto Vegas, y en Buenos Aires, en Santiago de Chile y en Bogotá y mientras tanto nos estamos certificando para SAP HANA, el Marketplace de SAP, hasta formamos parte de Jurados (Premio EMPRENDEDORES XXI-CaixaBank)… y con la ayuda de BBVA PayStats API (SandBox) os decimos las necesidades de personal para atender la demanda https://www.aturnos.com/planificacion-demanda-retail) Cuando veo a un amigo que no he visto hace algunos años o gente que conozco de “nuevas” a la pregunta que estás haciendo ahora, se me pinta una sonrisa contándole qué es lo que hago, qué es lo que hacemos, y empiezo a hablar… y no paro…mi gente lo sabe…

Por Luis A. Gómez del Pulgar Grediaga

El registro diario de la jornada ante la Inspección de Trabajo 2016

28 septiembre, 2016 0

La Inspección de Trabajo. Registro diario de la jornada: Documentación, fundamentos y soluciones. Con motivo de la publicación de la Instrucción 3/2016 (de la Inspección de Trabajo) sobre intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y horas extraordinarias, las visitas de los Inspectores de Trabajo no han tardado en producirse. El Anexo II de la propia Instrucción 3/2016 establece la información (no excluyente) que el Inspector de Trabajo debe recabar en sus visitas: Turnos asignados. Descansos diarios, entre jornadas y semanal. Festivos trabajados. Existencia de Cuadrantes de trabajo que recojan la planificación realizada por la empresa para un periodo determinado, en este caso, revisar los mismos y tomar copia a ser posible. El Registro de Jornada teniéndose en cuente los siguientes extremos: Es obligatorio con independencia de que se realicen horas extras o no. Debe ser diario e incluir el horario concreto de entrada y salida con respecto de cada trabajador. La comprobación de la existencia del registro debe poder realizarse en el centro de trabajo. Las sanciones previstas son: Si no se cumplimenta el registro o no se entrega al trabajador copia mensual, se considera falta grave (art. 7.5 LISOS). Si no se entrega copia a los representantes legales de los trabajadores, se considera falta grave (art. 7.7 LISOS) si hay denuncia previa de dichos representantes. Las faltas graves se sancionan de 626 a 6.250 euros. En la Exposición de Motivos de la Instrucción se recogen los motivos que determinan la intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y horas extraordinarias, entre ellos: La flexibilidad laboral (cada día en más auge) justifica el refuerzo en el cumplimiento de la norma sobre registro diario de la jornada, dada la indefinición previa de los periodos de temporales de ejecución de la prestación laboral cuando se introducen criterios de flexibilidad horaria. La proporcionalidad entre el salario y la jornada realizada. La conciliación. La creación de empleo y la disminución del paro se compadecen mal con la realización irregular de horas extras por trabajadores ocupados, como sucede cuando o no se declaran las horas o se realizan más de las legalmente establecidas. Casos de y sentencias Y todo ello en consonancia con dos sentencias de la Audiencia Nacional, de 4 de diciembre de 2015 (caso Bankia) y de 19 de febrero de 2016 (caso Abanca), que han dado un “nuevo sentido” artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores en el que se establece: “A efectos de computo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el período fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente.” La redacción del 35.5 se interpretaba, hasta ahora, como defendía la STSJ Cataluña de 24-10-2012 que el registro era únicamente exigible cuando se realizaban horas extraordinarias. La Sentencia de la Sala de lo Social (Sentencia 25/2016) en el caso Abanca incide en la entrega del resumen al trabajador de la jornada diaria que “tiene por objeto procurar al trabajador un medio de prueba documental, que facilite la acreditación, de otra parte siempre difícil, de la realización de horas extraordinarias, cuya probanza le incumbe” Continúa la Sala indicando que en: “…el demandado existan múltiples horarios, algunos de los cuales se ejecutan de modo flexible, y dicha complejidad exige aún más, si cabe, el registro diario de jornada, que es el único modo de comprobar si los trabajadores realizan la jornada pactada o la superan…… Es irrelevante también, que algunos de los trabajadores no realicen su jornada total o parcialmente en los locales de la empresa, puesto que dicha circunstancia obliga, con mayor razón, a que la empresa contribuya a la transparencia de su prestación, evitando desbordamientos de la jornada pactada, que nunca podrían acreditarse.” “El tercer Fundamento de Derecho “in fine” establece que el objetivo del “…registro diario de jornada, que no de horas extraordinarias, es el requisito constitutivo para controlar los excesos de jornada y su negación coloca a los trabajadores en situación de indefensión…, puesto que el único medio de acreditarlas es precisamente el control diario de la jornada, cuya actualización ya no dejará dudas sobre si se hacen o no horas extraordinarias y si su realización es voluntaria.” Unido a la nueva redacción del artículo 12.4.h) del Estatuto de los Trabajadores dada por el Real Decreto-ley 16/2013 que establece que: “La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador…” hace que el registro diario de la jornada sea una obligación empresarial más. Video tutorial aTurnos En este vídeo puedes ver como en aTurnos damos solución a tus necesidades.

Por Luis A. Gómez del Pulgar Grediaga